¿Podemos sacar algo positivo de la nueva Ley sobre El Registro Diario de la Jornada?

El próximo 12 de mayo comienza la obligatoriedad para todas las empresas de realizar el registro diario de la jornada laboral de todos sus empleados.

¿Qué nos dice la nueva Ley?

La obligatoriedad del registro horario ha generado controversia, debate e incertidumbre durante los últimos meses, con la entrada en vigor de la nueva norma se despejan algunas cuestiones:

  • La empresa garantizará el registro diario de la jornada de todos sus empleados, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.
  • Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto decisión del empresario previa consulta con la representación legal de los trabajadores, se organizará y documentará este registro de jornada.
  • Obligación de la empresa de conservar los registros de jornada durante cuatro años, permaneciendo a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • La norma ha estipulado como infracción grave el incumplimiento en materia de registro de jornada, con multas que van desde los 626 Euros a los 6.250 Euros.
  • La obligación de cumplir con la norma será exigible a partir del 12 de mayo, con su entrada en vigor.

 

Más allá del cumplimiento de la norma y de cómo se aplica en el día a día de la empresa, como expertas en la Dirección de Personas nos hemos planteado la siguiente pregunta:

¿Qué oportunidades me ofrece el registro diario de la jornada laboral?

Implantar un registro horario, gestión de personas

El registro diario de la jornada, además de la obligación de su cumplimiento legal, nos ofrece la oportunidad de detectar áreas de mejora en la empresa, que con las acciones adecuadas se convierten en herramientas muy útiles que nos ayudan a mejorar nuestra productividad, nuestros procedimientos de trabajo, nuestro clima organizacional, y en definitiva la cuenta de resultados de nuestra empresa.

Si lo pensamos bien, llevar un registro diario de la jornada en la empresa, nos permite gestionar la presencia de las personas que trabajan en ella, eso significa que vamos a poder tomar decisiones en temas tan importantes como:

  • La configuración de horarios, como herramienta de transparencia.
  • Implantar políticas de equidad.
  • Realizar Planes de incentivos justos.
  • Optimizar tiempos de trabajo.
  • Gestionar el desempeño.
  • Establecer horarios flexibles, como nueva forma de retribuir.
  • Luchar contra el absentismo, con medidas de Conciliación.
  • Control real de horas extraordinarias, evitando su abuso y fraude.
  • Cumplir con obligaciones de Seguridad y Salud, como el descanso entre jornada.

 

En definitiva, la gestión del tiempo de trabajo, es estrategia para las empresas.

Tú decides si tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, el próximo 12 de mayo, te quedas en el cumplimiento de la norma o si como nosotras ves la oportunidad de poner en marcha acciones de Recursos Humanos, y trabajar con las personas para invertir directamente en el desarrollo del negocio.

Si quieres rentabilizar la nueva medida, contacta con nosotras  en cyd@cydconsultores.com, en  Carbó & Domínguez  te ayudaremos a conseguirlo.

Carbó & Domínguez Asociados, S.L.

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