
Plan de igualdad
Desarrollamos soluciones para potenciar la igualdad de oportunidades en las organizaciones
Expertas en igualdad-Estrategia-Igualdad-Personas
En Carbó & Domínguez desarrollamos soluciones potenciando la igualdad de oportunidades en las organizaciones a través de la elaboración de Planes de Igualdad y el diseño e implantación de herramientas y acciones en las diferentes áreas de trabajo siendo transversales en toda la organización.
Elaboramos planes de igualdad en:

Empresas

Centros educativos

Entidades públicas

Subvenciones, visados y sellos

Informes y seguimiento
Implantación de acciones a llevar a cabo
Que te aporta Carbó & Dominguez para implantar un Plan de Igualdad.
Visión global
Formación interna
Enfoque estratégico
Seguimiento
Los 3 objetivos de nuestra metodología
Cumplimiento de los requisitos legales, actualizados a novedades legislativas.
Planes de igualdad eficientes, minimizando tiempo y recursos invertidos.
Plan de igualdad con proporcionalidad a la realidad de la empresa o entidad.
Nuestro objetivo es que la empresa o entidad disponga de un plan de igualdad coherente y sostenible, en el mínimo plazo posible y de una manera ágil, cercana y sencilla.
Puntos clave en cada Fase:
Nuestro equipo


Testimonios
¿Qué es un plan de igualdad?
Un plan de igualdad es un conjunto de acciones planificadas en el tiempo cuyo objetivo es eliminar cualquier tipo de desigualdad o discriminación en las organizaciones por razón de sexo y garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
¿Quienes tienen obligación de contar con un Plan de Igualdad?
1. Con el Nuevo Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, tienen obligación de implantar un plan de igualdad:
a) Las empresas que tengan más de 50 personas de plantilla. Esta obligación se implantará de manera progresiva en función del tamaño de la empresa respecto al número de personas trabajadoras.
Las empresas de más de 150 personas trabajadoras deberán de tener implantado un Plan de Igualdad a partir del 7 de marzo del 2020.
Las empresas de más de 100 personas trabajadoras deberán de tener implantado un Plan de Igualdad a partir del 7 de marzo del 2021.
Las empresas de más de 50 personas trabajadoras deberán de tener implantado un Plan de Igualdad a partir del 7 de marzo del 2022.
b) Las empresas cualquiera que sea su tamaño, cuando lo establezca su convenio colectivo o cuando las autoridades así lo exijan.
2.- La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en su disposición adicional octava establece que todas las administraciones públicas, independientemente del número de personas en su plantilla deben de contar con un plan de igualdad.